DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

PROTOCOLO DE VACUNACIÓN DE RUMIANTES CON VACUNAS INACTIVADAS FRENTE A LA LENGUA AZUL EN PERÍODO DE ACTIVIDAD DEL VECTOR

El protocolo de vacunación se ha elaborado para las vacunas inactivadas frente a la lengua azul, y se ha tenido en cuenta los resultados de los estudios aportados por los laboratorios fabricantes así como por los estudios de eficacia realizados en el Laboratorio Central de Veterinaria de Algete (Madrid).

 

Las CC.AA. donde se realicen vacunaciones con vacuna inactivada en periodo de actividad del vector, los animales objeto de movimiento deberán cumplir los requisitos que a continuación se describen para poder realizar el traslado:

 

1. ANIMALES BOVINOS:

 

  • Animales con destino vida: deberá haber trascurrido 60 días de la aplicación de la segunda dosis vacunal o bien, realizar una toma de muestra a partir de los 25 días de la aplicación de la segunda dosis vacunal, para la realización de un PCR con resultados negativos (no es necesario aislamiento).

 

  • En el caso de animales destinados a espectáculos taurinos de tipo I, se autoriza el movimiento de los animales vacunados trascurridos 5 días de la aplicación de la segunda dosis vacunal.

 

  • En el caso de animales destinados a espectáculos taurinos de tipo II, deberá realizarse el análisis de riesgo según lo establecido en el artículo 8.1.b)2º de la Orden APA/1202/2006, de acuerdo con lo siguiente:

 

- Si como resultado del análisis se concluye que el espectáculo se va a celebrar en una comarca donde se determine que no existe vector o que no existen poblaciones suficientes capaces de actuar como trasmisores de la enfermedad, para proceder al movimiento de los animales deberán cumplirse las condiciones requeridas en la Orden APA/1202/2006 para los espectáculos del Tipo I.

 

- Si como resultado del análisis se concluye que el espectáculo se va a celebrar en una comarca donde se determine que existe riesgo de transmisión de la enfermedad, se aplicaran las condiciones establecidas en este protocolo para los animales vacunados con destino vida.

 

2. ANIMALES OVINOS:

 

Los animales con destino vida para autorizar el movimiento: deberá haber trascurrido 30 días de la aplicación de la segunda dosis vacunal en caso de SYVA o 30 días la aplicación de la dosis única en el caso de vacunación con una sola dosis con Merial.

 

LABORATORIO MERIAL. VACUNA FRENTE AL SEROTIPO 4 (BTVPUR Alsap4)

 

Ovinos. Administración subcutánea a partir de un mes de edad excepto corderos nacidos de hembras vacunadas que será a partir de 2,5 meses

 

Administración de 1 dosis de 1 ml y revacunación entre los 21-28 días con otro ml. Duración de la inmunidad de 1 año. La administración de una sola dosis de 1 ml de vacuna les confiere una protección de 6 meses.

 

Bovinos. Administración a partir de tres meses de edad.

 

Administración de 1 dosis de 1 ml y revacunación entre los 21-30 días con otro ml. Duración de la inmunidad de, al menos, 6 meses de efectuada la vacunación

 

LABORATORIO SYVA. VACUNA FRENTE AL SEROTIPO 4 (SYVAZUL 4)

 

Ovinos. Administración de una dosis de 2 ml vía subcutánea a partir de los tres meses de edad seguido de otra dosis de 2 ml a las 3 semanas.

 

En Bovino, por el momento, no se ha constatado su eficacia, con lo que no se puede administrar.